Asignación Familiar

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Asignación Familiar

Descripción

La asignación familiar es un beneficio que te otorga el Estado y se paga a través de entidades de previsión social como las Cajas de Compensación. Consiste en la asignación legal de un monto mensual de dinero que varía de acuerdo a un tramo de sueldo o pensión de cada persona a cargo de la subsistencia de su carga familiar.

Asignación Familiar:

  • La asignación familiar es un beneficio que otorga el Estado y se paga a través de entidades de previsión social como las Cajas de Compensación. Consiste en la asignación legal de un monto mensual de dinero que varía de acuerdo al ingreso promedio de la persona a cargo de la subsistencia de su carga familiar.

Asignación Maternal:

  • Es un beneficio que se otorga a los(as) trabajadores(as) dependientes e independientes, afectos al régimen de prestaciones familiares o sus cónyuges embarazadas o personas gestantes que sean causantes de Asignación Familiar.
  • Esta asignación maternal se debe solicitar desde el 5° mes de embarazo presentando formulario de solicitud de Asignación Familiar junto a certificado que acredite el 5° mes de embarazo, emitido por matrón/a o médico tratante. Una vez aprobado será pagado de manera retroactivo por el empleador.

* Los Héroes, como entidad de previsión social, debe  reconocer y autorizar  los causantes de Asignación Familiar y Maternal de las y los  trabajadores afiliados que pertenecen  a empresas del sector privado”.

Estos valores están vigentes desde el 01 de septiembre del 2023:

Tramo Valor Mensual Ingreso Promedio de Rentas.
A $20.328 Desde $1 hasta $539.328
B $12.475 Desde $539.329 hasta $787.746
C $3.942 Desde $787.747 hasta $1.228.614
D $ 0 Desde $1.228.615 en adelante

De acuerdo a la normativa el monto de Asignación Familiar que debe pagar será el valor del tramo correspondiente completo en el caso de haber trabajado 25 o más días del mes, y en el caso de haber trabajado menos de 25 días el pago debe ser proporcional al valor del tramo correspondiente. Si el trabajador se encuentra con licencia médica el empleador debe pagar la Asignación Familiar de manera completa de acuerdo con el valor del tramo correspondiente.

De acuerdo a la normativa de Asignación Familiar establecida en el DFL N° 150 y Circular N°2511 de la Superintendencia de Seguridad Social, cuando un trabajador solicita realizar un reconocimiento de carga familiar debe adjuntar:

  1. Solicitud de Asignación Familiar con la firma autorizado por la empresa (imprimir por ambos lados)
  2. Declaración Jurada de ingresos
  3. Documentación de respaldo que acredite la condición de causante de asignación familiar (se adjunta Tabla de documentos de respaldo por tipo de causantes)

En el caso que el trabajador solicite realizar una extinción de carga familiar debe adjuntar:

  1. Solicitud de Extinción de Asignación Familiar con la firma autorizado por la empresa
  2. Documentación de respaldo que acredite la extinción del causante de asignación familiar (se adjunta Tabla de documentos de respaldo por tipo de extinción)

Los formularios son los siguientes:

TÍTULO

DOCUMENTO

Solicitud de asignación familiar y maternal  (Imprimir por ambos lados)

Solicitud de extinción de asignación familiar       
Declaración jurada de ingresos de nuevos beneficiarios para determinar el valor de la asignación familiar  
CAUSANTE DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Causante de 18 años y más Deben presentar además de lo que se indica a continuación una declaración jurada de que vive a expensas del beneficiario y que no recibe rentas iguales o superiores al 50% del ingreso mínimo mensual a que se refiere el art.4 de la Ley 18.806 y su soltería cuando corresponda.
Cónyuge (Mujer o Varón) Certificado de matrimonio
Cónyuge (Inválido) 1.-Certificado de matrimonio
2.-Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del beneficiario.
Hijo incluido el adoptado y el hijastro, menor o igual a 18 años 1.- Certificado de nacimiento del causante
2.- Tratándose de hijastros, deben presentar el certificado de matrimonio del beneficiario.
Hijo incluido el adoptado y el hijastro, inválido sin límite de edad 1.- Certificado de nacimiento del causante
2.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
3.- Tratándose de hijastros, deben presentar el certificado de matrimonio del beneficiario.
Hijo incluido el adoptado y el hijastro, entre 18 y 24 años (estudiante) 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
3.- Tratándose de hijastros, deben presentar el certificado de matrimonio del beneficiario.
Nietos y Bisnietos hasta los 18 años, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos. 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Certificado de nacimiento del padre o madre del menor según corresponda (en caso de los bisnietos se debe agregar el certificado de nacimiento del abuelo o abuela, según corresponda).
3.- Tratándose de huérfanos, presentar certificado de defunción de ambos padres del menor.
4.- Tratándose de abandonados, informe emitido por una asistente social que acredite el abandono del menor por parte de los padres.
Madre viuda 1.- Certificado de nacimiento del beneficiario.
2.- Certificado de matrimonio de la madre.
3.- Certificado de defunción del cónyuge de la madre.
Ascendiente mayor de 65 años 1.- Certificado de nacimiento del beneficiario.
2.- Certificado de nacimiento del ascendiente que es invocado como causante y el de sus descendientes si el beneficiario es un nieto.
Ascendiente inválido sin límite de edad 1.- Certificado de nacimiento del beneficiario.
2.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
3.- Certificado de nacimiento del ascendiente que es invocado como causante y el de sus descendientes si el beneficiario es un nieto.
Nietos y Bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos entre los 18 y 24 años (estudiante). 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
3.- Certificado de nacimiento del padre o madre del menor según corresponda (en caso de los bisnietos se debe agregar el certificado de nacimiento del abuelo o abuela, según corresponda).
4.- Tratándose de huérfanos, presentar certificado de defunción de ambos padres del menor.
5.- Tratándose de abandonados, informe emitido por una asistente social que acredite el abandono del menor por parte de los padres.
Trabajadora embarazada 1.- Certificado que acredite el 5° mes de embarazo emitido por la matrona o médico tratante del servicio de salud pública.
Si el certificado es emitido por una Isapre o médico particular deberá ser visado por la COMPIN correspondiente al domicilio del beneficiario.
Cónyuge embarazada 1.- Certificado de matrimonio.
2.- Certificado que acredite el 5° mes de embarazo emitido por la matrona o médico tratante del servicio de salud pública.
Si el certificado es emitido por una Isapre o médico particular deberá ser visado por la COMPIN correspondiente al domicilio del beneficiario.
Menor a cargo de persona natural en virtud de medidas de protección menor o igual a 18 años de edad. 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Resolución u oficio del Tribunal de Familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
Menor a cargo de persona natural en virtud de medidas de protección inválido de cualquier edad 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Resolución u oficio del Tribunal de Familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
3.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
Menor a cargo de persona natural en virtud de medidas de protección entre 18  y 24 años (Estudiante) 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Resolución u oficio del Tribunal de Familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
3.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
Hijo del otro conviviente civil, menor o igual a 18 años 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Certificado de Unión Civil.
Hijo del otro conviviente civil, entre 18 y 24 años(estudiante) 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Certificado de Unión Civil.
3.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
Hijo del otro conviviente civil, inválido sin límite de edad 1.- Certificado de nacimiento del causante.
2.- Certificado de Unión Civil.
3.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.