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Estudiar también tiene respaldo

 

 

 

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Acerca delbono

Podrán acceder a este plan de beneficios aquellos Pensionados que posean la condición de afiliado a Los Héroes tanto a la fecha de ocurrencia del evento o contingencia, como a la fecha en que se presente la solicitud del beneficio,  ambas condiciones  simultáneamente.
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PREGUNTAS FRECUENTES

Conoce todala letra pequeña

Asignación matricula Educación Superior  Pensionado

Ayuda económica por estudios en carreras de pregrado en cualquier Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica del país, con duración igual o superior a 5 semestres.

  • Si el plan de estudios es semestral, el beneficio se pagará en cuotas de $ 10.500.- según semestre.
  • Si el plan de estudios es anual el beneficio se podrá cobrar una única vez en el año.

 

Asignación matricula Educación Superior Carga legal 

 

Ayuda económica  que se pagará al pensionado por cargas legales acreditadas en Los Héroes, que cursen carreras de pregrado en Instituciones de Educación Superior reconocidas por el MINEDUC,  con duración igual o superior a 5 semestres.

 

  • Si el plan de estudios es semestral, el beneficio se pagará en cuotas de $ 10.500 según semestre.
  • Si el plan de estudios es anual el beneficio se podrá cobrar una única vez en el año.

 

Asignación matricula Educación Superior  Pensionado

 

Documentos requeridos : 

  1. Certificado vigente de alumno regular, emitido por un Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica que acredite la matrícula en una carrera de  Pre grado con duración igual o superior a 5 semestres.
  2. Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por el pensionado(a). Disponible en sección: Formularios –> Formularios afiliado –> “Solicitud de Autorización y pago de Prestaciones en Dinero – Trabajador”
  3. Cédula de identidad del pensionado.

 

Asignación matricula Educación Superior Carga legal 

 

Documentos requeridos : 

  1.  Certificado vigente de alumno regular, emitido por un Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica que acredite la matrícula en una carrera de  Pre grado con duración igual o superior a 5 semestres.
  2. Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por el pensionado(a). Disponible en sección: Formularios –> Formularios afiliado –> “Solicitud de Autorización y pago de Prestaciones en Dinero – Trabajador”
  3. Cédula de identidad del pensionado.
  4. Estar acreditado como carga legal en Los héroes, de un pensionado afiliado a la fecha de la presentación del beneficio.

Los plazos para presentar requisitos de bonos de asignación de matrícula son los siguientes:

Asignación matricula Educación Superior  Pensionado

Carreras semestrales:

Plazo primer semestre:
02 enero -28 de junio 2026

Plazo segundo semestre : 
01 julio -31 diciembre 2026

 

Carreras anuales:

01 enero – 31 diciembre 2026

 

Asignación matricula Educación Superior Carga legal 

Carreras semestrales:

Plazo primer semestre:
02 enero -28 de junio 2026

Plazo segundo semestre : 
01 julio -31 diciembre 2026

Carreras anuales:

02 enero – 31 diciembre 2026

Los montos para cada uno de los bonos de asignación de matrícula son los siguientes:
  • Asignación matricula Educación Superior  Pensionado, monto: $21.000
  • Asignación matricula Educación Superior
    Carga legal, monto: $21.000

(1) Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2024 rigen desde el 02 de enero a 31 de diciembre del presente año. Siempre y cuando esta ultima fecha sea día hábil, en caso contrario, serán válidos hasta el último día hábil del año. Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

(2) Los beneficios de asignación de matrícula se otorgaran sólo para carreras de pre grado, sean estas carreras técnicas, profesionales o universitarias dictadas por Instituciones de Educación Superior reconocidas por el MINEDUC. La duración mínima de la carrera deberá ser igual o superior a 5 semestres.

(3) Los plazos de presentación de solicitudes de beneficios rigen de acuerdo al carácter curricular de cada carrera. Si el plan de estudios es anual el beneficio se cancela en una única vez, si es semestral el beneficio se divide en 2 cuotas cada una por el 50% del valor del beneficio.

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