Seguro complementario de salud y vida para pymes

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Seguro BICE Vida para pymes

Seguro de Salud + Seguro de vida

Desde $19.512 * aprox. | 0,51 U.F.

Mensual por trabajador

(*) Valor referencial UF al día 01-12-2024 $38.260,61

 

Los Héroes junto a BICEVIDA te entrega coberturas de salud y vida, junto con beneficios y convenios para cuidar a tus colaboradores. Seguro complementario para Pymes afiliadas a Los Héroes que cuenten con al menos 5 colaboradores.


Requisitos:

 Para optar a los seguros complementarios que Los Héroes tiene dispuestos, es necesario que la empresa esté suscrita al programa de prestaciones complementarias.

                 Tener 5 o más trabajadores.

                 Que estén afiliados a Isapre o Fonasa.

                 Que tengan una edad máxima de 64 años y 364 días.


Cobertura:


 

 Disponibilidad de 2 tipos de planes con coberturas diferenciadas.

                 Posibilidad de contratar cobertura para las cargas.

 

¿Cómo accedo?

                         Cotiza tu seguro complementario  Aquí


  • La compañía que cubre el riesgo es Seguros de Vida BICE Vida Compañía de Seguros S.S. Rut 96.656.410-5. Las coberturas contratadas se encuentran amparadas y depositadas en la CMF bajo el código seguro colectivo de Vida Pol 220130939, clausula adicional de muerte accidental CAD 220130941, póliza de seguro colectivo complementario de salud Pol 320131510, póliza de seguro colectivo de gastos dentales Pol 320131553. la información presentada es sólo resumen parcial de las principales características del seguro, cuyas coberturas, condiciones y exclusiones se encuentran en la(s) póliza(s) respectiva(s), debidamente depositada(s) en la CMF.

    Vigencia desde: 01 mayo de 2024. Se deja constancia que caja los héroes no comercializa ni intermedia seguros. las labores de promoción se encuentran amparadas en el artículo 19 nº 8 de la ley 18.833. los beneficios del programa de prestaciones adicionales del año 2024 se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el d.s. 94 de 1978 del ministerio del trabajo y previsión social e instrucciones de la superintendencia de seguridad social. las cajas de compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la superintendencia de seguridad social (www.suseso.cl).